Surgen de la LCT, la ley 12.981 y lo dispuesto por el Convenio Colectivo de Trabajo.
1.- Derechos contenidos en la LCT.
Derecho al mantenimiento de las condiciones de trabajo oportunamente pactadas.
Derecho a contestar sanciones disciplinarias.
Derecho a salvaguardar la dignidad en caso de controles personales.
Derecho a la reserva de opiniones políticas, religiosas o sindicales.
Derecho a percibir la remuneración.
Derecho a que se preserve su integridad psicofísica.
Derecho a la indemnidad.
Derecho a la protección de la vida, alimentación y vivienda.
Derecho al puesto de trabajo.
Derecho a la certificación de su trabajo.
Derecho a la igualdad de trato.
Derecho a la propiedad de las invenciones del trabajador.
2.- Derechos contenidos en la ley 12.981 y su reglamentación.
El art. 3º de la ley 12.981, texto según ley 21.239 los define.
Derecho a los descansos y pausas en el trabajo.
Derecho a las licencias ordinarias.
Indemnizaciones por accidentes del trabajo.
Derecho a la estabilidad.
Derecho del trabajador a acceder a la vivienda de portería, cuando ésta exista en la edificación respectiva.
3.- Derechos contenidos en la negociación colectiva.
Los convenios aplicables han definido como “derechos” a las licencias especiales, sin goce de sueldo, ordinarias por vacaciones y la licencia gremial.
Los textos han sido extractados del libro “Régimen legal del trabajo en edificios” ©, de Alejandro A. Segura, Ed. Lexis Nexis. Todos los derechos reservados.
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lunes, 24 de octubre de 2011
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Estamos diciendo que esta ley compone Uruguay
ResponderEliminarQue derecho tiene al uniforme un Encargado de edificio que compone y cuantas beses al año
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